A través del Decreto 478/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aprobó la realización de operaciones de crédito público por un monto de hasta US$ 5.000 millones. La normativa incluye la cláusula de prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales federales y estaduales de Nueva York, Estados Unidos, lo que implica la renuncia del país a oponer la defensa de inmunidad de jurisdicción ante eventuales litigios.
La medida lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo. Según los considerandos de la norma, el objetivo central es reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional mediante la obtención de préstamos con entidades financieras internacionales, los cuales contarán con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.
El alcance de la cesión de jurisdicción y los bienes protegidos
La autorización faculta al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a suscribir los contratos bajo legislación extranjera. Si bien se cede la competencia judicial a los tribunales neoyorquinos, el artículo 2 del decreto establece límites estrictos para resguardar el patrimonio del Estado, determinando que la Argentina no renuncia a la inmunidad de ejecución sobre los siguientes activos estratégicos:
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Reservas y cuentas: Cualquier fondo o cuenta perteneciente al Banco Central de la República Argentina (BCRA).
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Bienes públicos: Recursos del dominio público situados en el territorio nacional.
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Servicios esenciales: Bienes afectados a servicios públicos esenciales o aquellos declarados de utilidad pública por el Congreso de la Nación.
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Patrimonio militar y cultural: Activos de carácter militar o bajo control de las fuerzas de defensa y seguridad, así como los bienes que formen parte de la herencia cultural de la Nación.
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Diplomacia y recaudación: Activos alcanzados por privilegios diplomáticos y consulares, junto con los impuestos y regalías adeudadas al Estado Nacional.
Facultades para el Ministerio de Economía
El decreto delega en la cartera conducida por Luis Caputo la potestad de instrumentar las operaciones financieras. El Ministerio de Economía será el encargado de definir los plazos de amortización, los métodos de colocación y las monedas en las que se pactarán los créditos.
Asimismo, la repartición quedó habilitada para designar a las instituciones financieras que coordinarán las transacciones, suscribir la documentación complementaria, abonar las comisiones de mercado correspondientes y contratar a los agentes fiscales, de pago y a las agencias calificadoras de riesgo necesarias para concretar el programa de financiamiento.
